Álvarez, Carlos FranklinCatalán Buelvas, Viviana PaolaDe Ávila Varela, Meibel EstherLara Soto, Yanis Yaneth2024-02-052024-02-052009https://hdl.handle.net/20.500.12442/14069Según la Constitución Política de 1991 en su disposición establecida en el artículo 15 define el derecho como “conjunto amplio de normas que regulan la conducta de las personas y la forma en que organiza la sociedad”. Por tanto, hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece a nuestro favor. Un ser humano con una discapacidad o alguna limitación tiene igual respeto e iguales derechos ante una persona netamente normal, las personas discapacitadas deben ser incluidas en el personal de las empresas privadas, públicas, donde le garanticen la inserción y accesibilidad en condiciones dignas justas y equitativas. Los derechos de las personas discapacitadas se ejercen cuando ellas puedan acceder efectivamente a los servicios y educación que permitan su desarrollo integral.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDiscapacidad estudiantilEducación especialDerechos del discapacitadoDerechos y servicios de estudiantes discapacitados en la universidad Simón Bolívar primer período 2009info:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis