Villarreal Cifuentes, Martin Eduardo2024-07-302024-07-302001https://hdl.handle.net/20.500.12442/14948El progreso de la vida económica de la Nación, la política de los gobiernos que acometen grandes proyectos de infraestructura que benefician a la comunidad, unido con el desarrollo empresarial, ha requerido de grandes capitales para la ejecución de obras y prestación de servicios, dando lugar a la conjunción de recursos económicos, financieros y tecnológicos. De esta manera, alcanzan mayor competitividad en el mercado exigiendo la suscripción de acuerdos empresariales para colaborarse mutuamente en beneficio común. De estos acuerdos han surgido los consorcios y uniones temporales. La figura asociativa del consorcio y de la unión temporal es especial en la legislación colombiana. No existe regulación mercantil, ni civil que permita definir su naturaleza jurídica que lleve a deducir en forma clara y expedita los efectos que producen no solo frente a los miembros que los conformen, sino frente a terceros, incluido el Estado, a diferencia de otros ordenamientos jurídicos como el de España, Argentina, Uruguay entre otros. Se le ha querido asimilar a las sociedades de hecho y a las cuentas en participación y hay quienes le atribuyen poseer personería jurídica propia. En Colombia se ha venido tratando el tema, desde el punto de vista administrativo y tributario 'pero por su escasa legislación produce dudas respecto de los efectos que produce y la responsabilidad de quienes integran los consorcios y uniones temporales.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United StatesConsorciosUniones temporalesDesarrollo empresarialPrestación de serviciosConsorcios y uniones temporales en materia tributariainfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other