Arbelaez Samper, PatriciaPeña Caballero, Wulfran Enrique2020-05-282020-05-281992https://hdl.handle.net/20.500.12442/5848Toda la estructura de nuestro país descansan sobre las leyes españolas de origen románico. Pero es indudable que tradicionalmente el derecho español acogió en su casi totalidad las instituciones canónicas, en especial el derecho matrimonial, hasta el punto de que muchas de las disposiciones son textualmente idénticos a los respectivos ordenamientos de la iglesia. Las disposiciones de carácter familiar han sido expedidas en diversas épocas y han estado influidos por diversas circunstancias; sus propiciadores han profesado tendencias filosóficas distintas. Todo ello en detrimento de un criterio de uniformidad. Esperarnos que los planteamientos aquí plasmados sirvan de base para ampliar futuras investigaciones.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerecho de familiaDerecho civilEl nuevo régimen de familia en la jurisdicción colombianaOtherinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess