Consuegra, FélixBayter Orjuela, Gladys María2022-05-192022-05-191999https://hdl.handle.net/20.500.12442/9749La compensación es una institución jurídica de la cual muchos autores dicen que tuvo su origen y sus primeros pilares en el derecho romano y se perfila en un error de interpretación de los glosadores (interpretes de textos difíciles de entender}, error teóricamente criticado por el pensamiento latino posterior, pero a la vez acogido por él, conforme a sus resultados prácticos. Durante mucho tiempo en el derecho romano solamente era conocida una Compensación de carácter convencional que ocurría cuando dos personas eran deudoras reciprocas y se ponían de acuerdo en declararse libres de las deudas entre si, en caso de que entre las partes no operara esta convención o acuerdo, cada deuda podía exigirse por vía judicial y en ningún caso el juez podía reconvenir al demandante para que se declarara la Compensación judicial, circunstancia esta que nunca podía ser declarada por el juez.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerechoIndemnización judicialContratosObligaciones (Derecho)Derecho CivilLa compensación como forma de extinguir las obligacionesinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis