Zuñiga, JimmyPineda Geolkel, Mario2020-05-292020-05-291991https://hdl.handle.net/20.500.12442/5874La tipicidad no es un elemento del delito sino uno de sus características fundamentales. Lo que es típico no es un sector o una parte de la infracción, sino toda ella concebida como unidad. El concepto de tipicidad tiene indudables afinidades con el llamado cuerpo del delito, que en nuestro derecho penal es una noción de carácter estrictamente procesal. Como una reacción contra este estado de cosas surgió el principio "Nullum crimen sine lege" y se advirtieron las primeras manifestaciones del ''corpus criminis o corpus delicti", como una garantía democrática sustancial para el individuo frente al Estado. En la doctrina contemporánea el concepto de tipo penal comprende los elementos fundamentales del hecho punible con exclusión de la antijuridicidad y la culpabilidad. LA investigación analiza la tipicidad y el cuerpo del hecho punible basándose en los elementos del tipo, los ingredientes especiales, la clasificación, los dispositivos y la adecuación típica teniendo en cuenta la anticipación.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalProcedimiento penalDerecho penalValor procesal del tipo penalOtherinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess