Amador Torres, Eliana PaolaDe la Hoz López, Luis Eduardo2022-09-072022-09-072001https://hdl.handle.net/20.500.12442/10849Los Consejos Juveniles o de Juventud son cuerpos colegiados de representación y organización no gubernamental, elegidos por votación popular por jóvenes entre 14 y 26 años de edad, con el objeto de reconocer a estos jóvenes como sujetos de deberes y derechos consagrados en la Constitución Nacional y la Ley 375 del 4 de Julio de 1997 (Ley de la Juventud). El problema de los Consejos de Juventud es la participación de los grandes movimientos políticos que va en contra del objetivo fundamental que es la formación de los futuros ciudadanos llenos de responsabilidad para la elección de sus gobernantes.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalLa juventudLos consejos de Juventudinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis