Ramos Ramos, Manuel GerardoOrozco Lastra, Jorge EliecerSierra Salcedo, Johan Eduardo2021-09-272021-09-272015https://hdl.handle.net/20.500.12442/8498Es necesario reconocer que la situación médica, en época contemporánea es más dinámica, eficiente y precisa partiendo de los adelantos científicos y tecnológicos, cuya única finalidad, es cumplir una función de alto contenido social. Al profesional de la salud se le debe exigir diligencia en el ejercicio de su actividad acorde al estado de la ciencia sin llegar al extremo, considerando la notable incidencia de la medicina en la vida, salud e integridad de las personas. La salud, como bien lo ha establecido la honorable Corte Constitucional de Colombia mediante Jurisprudencia reciente y reiterada es un derecho fundamental vinculada a la vida e integridad de las personas, base cardinal indisociable sin la cual el orden jurídico constituiría un simple enunciado vacuo, teórico e inocuo. De esta manera la prestación del servicio médico asistencial y los servicios de salud, constituyen un derecho esencial del ser humano con singular y reforzada tutela normativa, a punto de ser deber constitucional del Estado, las\ instituciones prestadoras del servicio y el profesional.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalResponsabilidad médicaHermafroditismoTrastornos sexualesResponsabilidad médica de la EPS y de la medicina prepagada Sura en los casos de hermafroditismo en menores de edadinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/other