Gómez Plata, María EugeniaLizarazo Tellez, Rosa María2024-09-042024-09-042003https://hdl.handle.net/20.500.12442/15512La aplicación de la Ley 716 de Diciembre de 2001, básicamente busca que el Estado conozca la situación económica, financiera y patrimonial real de sus instituciones. Para ello señala el 31 de Diciembre de 2003 como fecha límite para depurar y sanear los saldos insolutos registrados en sus Estados Financieros a Diciembre de 2000. El representante legal de cada organismo, conformará un comité técnico que se encargará de adelantar la gestión administrativa necesaria, que le permita llevar a cabo la depuración de esos saldos y proceder a su eliminación o incorporación, según el casopdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United StatesContaduríaSaneamiento de la información contable en el sector oficialinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other