Torres De La Hoz, Francisco Maria2025-10-072025-10-071998https://hdl.handle.net/20.500.12442/17018Ley. La nueva concepción constitucional de la seguridad social como un derecho colectivo y un servicio público esencial, que puede ser prestado por el estado o por los particulares, conforme a los principios de universalidad, solidaridad y eficiencia, sirvió de fundamento para que el legislador promoviera por medio de la ley 100 de 1993, la reestructuración administrativa, operativa y financiera del régimen de seguridad social vigente en el país. Para ello el legislador a través de la ley 100 de 1993 creo dos regímenes actualmente existentes llamándolos régimen solidario de prima media con prestación definida y régimen de ahorro individual con solidaridad, dándole a todo afiliado al sistema la oportunidad de permanecer determinado tiempo en cualquiera de los dos regímenes.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalBonosDerechoDerecho laboralRégimen de transición y bono pensionalesinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other