Situación del menor frente a la justicia colombiana

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Fecha

1988

Autores

Castillo Villanueva, Emma Cecilia

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Al estudiar al menor como objeto de la Legislación Colombiana, tenemos que advertir la división general del Derecho en: Derecho Civil, Derecho Penal, y Derecho Laboral, pues en estas tres ramas aparecen derechos incontestables, es decir, que no pueden ser impugnados en ese menor, objeto de nuestra investigación. Respecto a la unidad del sujeto, el menor nos vemos precisados a tomar asimismo esta división como sendas partes de análisis, ya que en cada una de ellas hemos investigado los derechos del menor, y encontrado errores legales en cuanto al objetivo: la ubicación que de súyo le corresponde a este menor, como ente priviligiado que es, en el grupo humano. Finalmente, el menor como hombre en desarrollo psíquico, es inmaduro; su razón no ha tomado todavía la orientación necesaria, ni su voluntad es capaz de actuar por sí mismo, y así sus actos en materia penal carecen de suficiencia y personalidad. Por ello el Código de Procedimiento Penal, lo sitúa en la categoría de la reformación, en sus artículos 634 y 635. El estatuto penal colombiano, se limita a la incapacidad ya de edad, ya de anormalidad para armar un molde dentro del cual situar al menor delincuente, el reformatorio, que la más de las veces es un deformatorio, pero no entra en el artículo de la inmadurez psíquica del menor, siendo este el primero y principal considerando que debemos tener en cuenta.

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Palabras clave

Niños, Legislación, Jurisprudencia - Colombia

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