FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES PROGRAMA DE DERECHO PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS ADULTOS MAYORES FRENTE AL ESTADO DE EXCEPCIÓN (COVID-19) Presentan: María Del Carmen Blanco Daniela Andrea Ortiz Medina Profesor Tutor: JUAN CARLOS BERROCAL DURAN Trabajo de investigación Fecha MAYO 30 DE 2022 BARRANQUILLA, ATLÁNTICO REPÚBLICA DE COLOMBIA PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS ADULTOS MAYORES FRENTE AL ESTADO DE EXCEPCIÓN (COVID-19) María Del Carmen Blanco1 Daniela Andrea Ortiz Medina2 Resumen El siguiente problema de investigación tiene como principio llevar más allá las perspectivas y retos del derecho constitucional y administrativo en cuanto a los quebrantamientos de las garantías constitucionales en adultos mayores durante el covid-19. Como objetivo general se tiene la de interpretar cuáles son las garantías constitucionales que se le vulneran a los adultos mayores frente al estado de excepción (covid-19) La presente investigación se justifica por que pretende indagar mediante un tema general aquellas vulneraciones que se han llevado a cabo contra los adultos mayores dentro de la pandemia y del confinamiento impuesto en el año 2020 a causa de fuerza mayor, La metodología que se utilizó en este artículo es el paradigma de investigación el hermenéutico histórico, con un el enfoque cualitativo, el método inductivo, el tipo de investigación descriptiva. La población y muestra son los diferentes textos y sentencia de la corte constitucional. la técnica del análisis de contenido de textos La principal conclusión es que en estos momentos el adulto mayor cuenta con todo el apoyo del estado, debido a su indefensión, el Estado es responsable de ser garante de sus derechos por ser parte de la población de mayor vulnerabilidad, así se encuentra establecido en diferentes textos manifestados y proferidos por la Corte Constitucional pero también se necesita una adecuada protección de las personas mayores es imprescindible la colaboración de la población joven y adulta. 1 Estudiante de VII semestre del Programa de Derecho de la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla. Correo maria.blanco@unisimon.edu.co 2Estudiante de VII semestre del Programa de Derecho de la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla. Correo daniela.ortiz@unisimon.edu.co mailto:maria.blanco@unisimon.edu.co mailto:daniela.ortiz@unisimon.edu.co Palabras Claves Corte Constitucional - Adultos Mayores - Estado de Excepción - Covid-19 ABSTRACT The following research problem has as a principle to further the perspectives and challenges of constitutional and administrative law in terms of violations of constitutional guarantees in older adults during covid-19. The general objective is to interpret what are the constitutional guarantees that are violated to older adults in the face of the state of exception (covid-19) The present investigation is justified because it intends to investigate through a general theme those violations that have been carried out carried out against older adults within the pandemic and the confinement imposed in 2020 due to force majeure, The methodology used in this article is the historical hermeneutic research paradigm, with a qualitative approach, the inductive method , the type of descriptive research. The population and sample are the different texts and sentence of the constitutional court. the text content analysis technique The main conclusion is that at this time the elderly have all the support of the state, due to their defenselessness, the state is responsible for being the guarantor of their rights for being part of the elderly population vulnerability, as it is established in different texts expressed and proffered by the Constitutional Court, but adequate protection of the elderly is also needed, the collaboration of the young and adult population is essential. Keywords Constitutional Court - Older Adults - State of Exception - Covid-19 INTRODUCCIÓN El siguiente problema de investigación tiene como principio llevar más allá las perspectivas y retos del derecho constitucional y administrativo en cuanto a los quebrantamientos de las garantías constitucionales en adultos mayores durante el covid-19. El juez 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá amparó los derechos fundamentales a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de locomoción de los adultos mayores de 70 años residentes y domiciliados en Colombia. Según los querellantes, cuando el Gobierno implementó hasta el 31 de agosto de este año el aislamiento obligatorio para mayores de 70 años resultaron discriminados debido a su edad” (La Patria, 2020). Lo anterior tuvo gran impacto ya que desde que inició el Estado de Emergencia en Colombia, una de las poblaciones más afectadas han sido los adultos mayores; no solo por ser las personas con más riesgo de contagios sino también por los cuadros de depresión a los que se pueden enfrentar durante el confinamiento. La ampliación del aislamiento preventivo para las personas mayores de 70 años ha generado múltiples reacciones en torno a la conveniencia de esta medida que, según el presidente, Iván Duque, es con el objetivo de prevenir y controlar la propagación de la covid-19 en esta población vulnerable que tiene un alto nivel de mortalidad” (La Nación, 2020). También debemos tener en cuenta que durante el Estado de Emergencia los pacientes con covid19 han sido priorizados dejando en un segundo plano el cuidado de pacientes con otras enfermedades, retrasando tratamientos, diagnósticos de nuevas enfermedades, etcétera. Muchos adultos mayores evitan visitar las entidades de salud por temor a contagiarse durante su visita al médico, causando así riesgo para su salud. Las personas adultas mayores, en esta etapa de aislamiento social obligatorio y aquellos con trastornos neuro cognoscitivos (demencias), pueden presentar frecuentemente síntomas ansiosos, depresivos y comportamentales. Por eso la labor de sus cuidadores y, de ser el caso, del personal auxiliar y profesional que pueda brindar atención domiciliaria es de suma importancia. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una de las mejores prácticas es compartir con ellos información sencilla y clara sobre cómo reducir el riesgo de infección, y solo brindar esta información cuando sea necesario. Además, los cuidadores, familiares y personas del entorno tienen que ser muy pacientes con ellos al momento de comunicar estos hechos. Dado que las personas mayores tienen un acceso limitado a aplicaciones móviles como WhatsApp, la información debe ser de fácil acceso y citando a diferentes fuentes oficiales de confianza para disminuir la posibilidad de generar angustia y temor; por ejemplo, aprovechar los espacios institucionales como los definidos por el Presidente de la República en la televisión pública en el horario de las 6:00 p.m.; espacio donde las autoridades pueden compartir mensajes específicos para la población adulta mayor. Como objetivo general se tiene la de interpretar cuáles son las garantías constitucionales que se le vulneran a los adultos mayores frente al estado de excepción (covid-19) 2020- 1,2020-2. Como objetivos específicos se tendrán los siguientes: Revisar los pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre la protección de los adultos mayores frente al estado de excepción (covid-19) 2020-1, 2020-2 La presente investigación se justifica por que pretende indagar mediante un tema general aquellas vulneraciones que se han llevado a cabo contra los adultos mayores dentro de la pandemia y del confinamiento impuesto en el año 2020 a causa de fuerza mayor, es decir, frente al estado de excepción de emergencia, el cual se estableció en nuestro país en los aspectos económicos y sociales mediante el Decreto 637 del 2020. Además, es significativo realizar dicha investigación para conocer qué garantías constitucionales se han quebrantado mediante el covid-19 a los adultos mayores, los cuales deben tener una protección especial, y así mismo encontrar diversas fallas que se encuentren en nuestro sistema constitucional del por qué se están vulnerando de manera constante aquellas garantías y principios que deben ser protegidos por la Constitución y el Estado, sobre todo en la emergencia sanitaria. Consideramos que esta investigación es importante porque se trata de un tema o un debate trascendental y novedoso entre la sociedad y el ámbito jurídico, es decir, que la población vulnerable, en este caso los adultos mayores, han tenido que incurrir frente al ordenamiento jurídico, para ser garantes de sus derechos dentro del momento histórico (covid-19). Es un tema de suprema relevancia porque enfocados a la realidad, hemos visto como dentro del confinamiento han existido atropellos por parte de los que deben garantizar el derecho a la salud, u otros aspectos contra la población del adulto mayor, cuáles han sido esas garantías que tiene el estado con la población y por qué han sido vulneradas, además, cabe resaltar que el adulto mayor desde antes ya contaba con una norma donde se expresa que el adulto mayor al ser víctima de maltrato, recibe una ruta de atención inmediata según lo que comparte el artículo 6 de la Ley 1850 de 2017: El Gobierno nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social implementará una ruta de atención inmediata y determinará los medios de comunicación correspondientes frente a maltratos contra el adulto mayor, tanto en ambientes familiares como en los centros de protección especial y demás instituciones encargadas del cuidado y protección de los adultos mayores. Se puede hacer uso de dicho artículo para hacer valer la dignidad humana y la protección de aquellos derechos y garantías que han sido quebrantados en todo el transcurso de la emergencia sanitaria, ya que los adultos mayores comprenden la población de vulnerabilidad en el país, es decir, con la aparición del covid-19, es mucho más riesgoso para los adultos mayores el contagiarse y no recibir una atención adecuada o inmediata. Las personas adultas mayores son la población de mayor vulnerabilidad ante el coronavirus, por lo que se hace necesario extremas las medidas de auto y mutuo cuidado para preservar su salud. Según el Instituto Nacional de Salud, a corte 30 de septiembre, de los 25.998 fallecidos en Colombia por covid-19 el 75.5% eran adultos mayores de 60 años, que equivale a un total de 19.636 personas. (Minsalud, 2020). Siendo el porcentaje más alto, los adultos mayores requieren de una atención especial, sobre todo en su salud, pero, cabe resaltar que nuestro sistema de salud no está preparado de un todo para mantener un sistema estable y más si nos referimos a los servicios de tele salud y telemedicina, pues estos no siempre funcionan, debido a que no es un secreto que la salud no es prioridad en nuestro país, es una problemática de antes, ha sido uno de los aspectos a los cuales no se les ha invertido lo justo y lo necesario, entonces, al momento de enfrentar el estado de emergencia, colapsó el sistema de salud y con ello, todo lo que lo relaciona. Asimismo, expresa la Corte que los adultos mayores son un grupo vulnerable, por ello han sido catalogados como sujetos de especial protección constitucional en múltiples sentencias de esta Corporación. Desde el punto de vista teórico, esto puede obedecer a los tipos de opresión, maltrato o abandono a los que puede llegar a estar sometida la población mayor, dadas las condiciones, físicas, económicas o sociológicas, que la diferencian de los otros tipos de colectivos o sujetos.” (Corte Constitucional, Sentencia T-252, 2017.) Por todo lo expresado, decidimos establecer este tema como apreciable e importante dentro de nuestra sociedad jurídica, porque tiene grandes y diferentes aspectos de investigación que nos van a ayudar a evaluar el quebrantamiento de las garantías constitucionales establecidas, para así reconocer qué ha traído consigo la pandemia que ha hecho ser más notorias las faltas constitucionales para los adultos mayores. La metodología que se utilizó en este artículo es el paradigma de investigación el hermenéutico histórico, con un el enfoque cualitativo, el método inductivo, el tipo de investigación descriptiva. La población y muestra son los diferentes textos y sentencia de la corte constitucional. la técnica del análisis de contenido de textos La principal conclusión es que en estos momentos el adulto mayor cuenta con todo el apoyo del estado, debido a su indefensión, el Estado es responsable de ser garante de sus derechos por ser parte de la población de mayor vulnerabilidad, así se encuentra establecido en diferentes textos manifestados y proferidos por la Corte Constitucional pero también se necesita una adecuada protección de las personas mayores es imprescindible la colaboración de la población joven y adulta. Esto se puede hacer mediante una buena higiene, autoaislamiento cuando se está enfermo o practicando medidas de distanciamiento social para evitar contraer el virus y transmitirlo a los familiares de edad avanzada METODOLOGÍA Se emplea el Paradigma de investigación histórico hermenéutico utilizamos este paradigma de investigación Histórico Hermenéutico porque buscamos interpretar y comprender los motivos internos de la acción humana, mediante procesos libres, no estructurados, sino sistematizados, en este caso hacemos referencia en el quebrantamiento de las garantías de los adultos mayores. Teniendo en cuenta la problemática presentada, la idea de este método es llevar a cabo conocer qué otros aspectos adicionales tienen en cuenta los adultos mayores que hacen que no se visualicen o se reconozca la garantía de sus derechos en la situación del COVID -19. La investigación tiene un enfoque cualitativo porque va dirigida hacia una población en específico, en este caso el adulto mayor, de acuerdo que haya relación con la problemática, la cual es el quebrantamiento de sus garantías dentro del estado de excepción. La idea del enfoque es descubrir y orientarse hacia los sujetos que parten del problema, llevar a cabo una recolección de datos e información, analizarlos e interpretar los resultados para dar coherencia y una respuesta a la pregunta problema. La presente investigación tiene un método inductivo El Tipo de investigación descriptivo porque en nuestra investigación estamos estudiando y analizando sobre una población en especial, como lo son los adultos mayores. La Población y muestra, son los diferentes textos y Sentencia de la Corte Constitucional. La técnica del análisis de contenido de textos, ya que estaremos en constante estudio de sentencias, Que nos lleven a conducir hacia la verdad. Las fuentes o instrumentos que usaremos en el tema de investigación son las fuentes primarias, ya que podemos hacer uso de información ya elaborada, en este caso pueden ser sentencias, boletines estadísticos, artículos, etc. RESULTADOS Tabla No 1 Sentencia T-252-17 1. SENTENCIA T-252-17 2. ACTOR ACCIONANTE Adulto mayor 3. ACTOR ACCIONADO La protección de los adultos mayores frente al estado de excepción (covid-19) 4. HECHOS O ELEMENTOS FACTICOS Los sistemas de salud y el gobierno no están respondiendo adecuadamente a las necesidades de los adultos mayores y deben adaptarse a la pandemia. Si bien sabemos, todos están en el riego de contraer el virus pero las personas mayores tienen mayor probabilidad de enfermar gravemente si se infectan, con los mayores de 80 años muriendo a una tasa cinco veces mayor que la media. La OMS sugiere que esto puede ser debido a condiciones subyacentes que afectan al 66% de las personas mayores de 70 años. Este es el caso que estamos presentando hoy día, donde la mayoría de las muertes por COVID-19 ocurren en personas de 70 años o más, seguidas de personas entre 60 y 69 años. Si bien las residencias o centros de atención a largo plazo han sido las más afectadas, y representan entre el 40% y el 80% de las muertes por COVID-19 en todo el mundo. Por tanto la pandemia ha enfatizado las necesidades y vulnerabilidades que tienen las personas mayores en lo que respecta a su derecho a la salud, sabiendo que incluso antes de la pandemia mas del 50% de las poblaciones mayores carecían de acceso a algunos servicios de salud esenciales, un problema que la pandemia ha exacerbado. No basta con garantizar que los adultos mayores tengan acceso a los servicios básicos de salud, los servicios también deben adaptarse a las necesidades específicas de las personas mayores. Partiendo de la forma en que cada persona mayor puede verse afectada por la COVID-19, o cualquier otra enfermedad, depende de su salud física y mental en general, por lo que la atención y el tratamiento siempre deben tener esto en consideración. 5. ACTUACIONES DENTRO DEL PROCESO. El juez 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá amparó los derechos fundamentales a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de locomoción de los adultos mayores de 70 años residentes y domiciliados en Colombia. Según los querellantes, cuando el Gobierno implementó hasta el 31 de agosto de este año el aislamiento obligatorio para mayores de 70 años resultaron discriminados debido a su edad” (La Patria, 2020). El Gobierno nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social implementará una ruta de atención inmediata y determinará los medios de comunicación correspondientes frente a maltratos contra el adulto mayor, tanto en ambientes familiares como en los centros de protección especial y demás instituciones encargadas del cuidado y protección de los adultos mayores. Las personas adultas mayores son la población de mayor vulnerabilidad ante el coronavirus, por lo que se hace necesario extremas las medidas de auto y mutuo cuidado para preservar su salud. Según el Instituto Nacional de Salud, a corte 30 de septiembre, de los 25.998 fallecidos en Colombia por covid-19 el 75.5% eran adultos mayores de 60 años, que equivale a un total de 19.636 personas. (Minsalud, 2020). los adultos mayores son un grupo vulnerable, por ello han sido catalogados como sujetos de especial protección constitucional en múltiples sentencias de esta Corporación. Desde el punto de vista teórico, esto puede obedecer a los tipos de opresión, maltrato o abandono a los que puede llegar a estar sometida la población mayor, dadas las condiciones, físicas, económicas o sociológicas, que la diferencian de los otros tipos de colectivos o sujetos.” (Corte Constitucional, Sentencia T-252, 2017.) 6. COMENTARIOS Y CONCLUSIONES La investigación tiene un enfoque cualitativo porque va dirigida hacia una población en específico, en este caso el adulto mayor, de acuerdo que haya relación con la problemática, la cual es el quebrantamiento de sus garantías dentro del estado de excepción. La idea del enfoque es descubrir y orientarse hacia los sujetos que parten del problema, llevar a cabo una recolección de datos e información, analizarlos e interpretar los resultados para dar coherencia y una respuesta a la pregunta problema. La presente investigación tiene un método inductivo El Tipo de investigación descriptivo porque en nuestra investigación estamos estudiando y analizando sobre una población en especial, como lo son los adultos mayores. La Población y muestra, son los diferentes textos y Sentencia de la Corte Constitucional. La técnica del análisis de contenido de textos, ya que estaremos en constante estudio de sentencias, Que nos lleven a conducir hacia la verdad. Las fuentes o instrumentos que usaremos en el tema de investigación son las fuentes primarias, ya que podemos hacer uso de información ya elaborada, en este caso pueden ser sentencias, boletines estadísticos, artículos, etc. Tabla No. 2 C-163-2020. 1 SENTECIA C-163-2020. 2 ACTOR ACCIONANTE Adulto Mayor 3 ACTOR ACCIONADO decreto legislativo en desarrollo de estado de emergencia sobre contratación estatal para adquirir en el mercado internacional material médico y de protección personal 4 HECHOS O ELEMENTOS FACTICOS Que en los términos del artículo 215 de la Constitución Política, el presidente de la República, con la firma de todos los ministros, en caso de que sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 de la Constitución Política, que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá declarar el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Que según la misma norma constitucional, una vez declarado el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, el Presidente, con la firma de todos los ministros, podrá dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Que estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y podrán, en forma transitoria establecer nuevos tributos o modificar los existentes. Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del nuevo Coronavirus COVID-19. 5 ACTUACIONES DENTRO DEL PROCESO los elementos de protección personal – EPP- consisten en las medidas basadas en el uso de dispositivos, accesorios y vestimentas por parte de los trabajadores, con el fin de protegerlos contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo, de conformidad con la Ley 9 del 24 de enero 1979 "Por la cual se dictan Medidas Sanitarias" y la Resolución 2400 del 22 de mayo de 1979 "Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo", expedida por el entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. las medidas de contratación protegen de manera inmediata, el derecho fundamental a la vida digna y a la salud de todos los habitantes de Colombia, pues lo que pretenden es garantizar la disponibilidad, accesibilidad, equidad, continuidad y oportunidad del servicio de salud. 6 COMENTARIOS Y CONCLUSIONES. Dentro de los grupos vulnerables ante la pandemia de COVID-19 los adultos mayores son los más susceptibles de contraer la enfermedad y presentar síntomas graves. La desprotección social, económica, laboral y bajo el análisis de las comorbilidades presentes en las personas adultas mayores, estas conforman los principales factores de riesgo y alta mortalidad de la enfermedad COVID-19. Los documentos analizados sustentan la necesidad de crear medidas preventivas y de cuidado para este grupo poblacional y vencer las barreras sobre la atención y necesidades de las personas mayores, de lo contrario los resultados serán no positivos. Como mencionamos anteriormente, los adultos mayores conforman el grupo de mayor impacto negativo, su vulnerabilidad ante esta pandemia proviene no sólo de su edad, sino de su situación económica, laboral y enfermedades asociadas a su edad, su soledad le confiere mayor riesgo ya que tiene que salir a buscar sus víveres, de no apoyarles el impacto de su salud será indudablemente negativo. Fuente: elaboración propia DISCUSIÓN Desde nuestro punto de vista, La Corte Constitucional tiene definido que, los adultos mayores son un grupo vulnerable y por lo cual han sido catalogados como sujetos de especial protección constitucional en múltiples sentencias de esta Corporación. Desde el punto de vista teórico, se dice que esto puede obedecer a los tipos de opresión, maltrato o abandono a los que puede llegar a estar sometida la población de adulto mayor, dadas las condiciones, físicas, económicas o sociológicas, que la diferencian de los otros tipos de colectivos o sujetos.” Por considerarse como grupo vulnerable, estos requieren de una atención y protección especial, de este modo lo afirma la Corte Existe una carga específica en cabeza del Estado, la sociedad y la familia con respecto a los de adultos mayores; para que colaboren en la protección de sus derechos, ya que éstos se encuentran en una situación de vulnerabilidad mayor en comparación con otras personas. Teniendo en cuenta que el Estado es el principal responsable de la construcción y dirección de este trabajo, teniendo como fin u objetivo principal el avance progresivo de los derechos de la población mayor. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES La pandemia por COVID-19 representa un problema para la salud pública, más aún, al tener un alto grado de mortalidad en las personas adultas mayores. Estos conforman el grupo de mayor impacto negativo por el COVID-19, su vulnerabilidad ante esta pandemia proviene no solo de su edad, sino por la situación económica, laboral y enfermedades asociadas a su edad, su soledad le confiere mayor riesgo ya que tienen que salir a buscar sus víveres, de no apoyarles el impacto en su salud será indudablemente negativo. En estos momentos el adulto mayor cuenta con todo el apoyo del estado, debido a su indefensión, el Estado es responsable de ser garante de sus derechos por ser parte de la población de mayor vulnerabilidad, así se encuentra establecido en diferentes textos manifestados y proferidos por la Corte Constitucional pero también se necesita una adecuada protección de las personas mayores es imprescindible la colaboración de la población joven y adulta. Esto se puede hacer mediante una buena higiene, autoaislamiento cuando se está enfermo o practicando medidas de distanciamiento social para evitar contraer el virus y transmitirlo a los familiares de edad avanzada. BIBLIOGRAFÍA Caballero Palomino, S. A., Cruz Cadena, K. Y., & Torres Bayona, D. F. (2018). Derechos humanos emergentes: ¿nuevos derechos? Advocatus, (30), 125–131. DOI: https://doi.org/10.18041/0124-0102/a.30.5050 (Constitucional, 2017). SENTENCIA T-252-17 https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2017/T-252-17.htm (Congreso de la República, 2017). Ley 1850 2017 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1850_2017.html (Constitucional, 2009). C-588-09. https://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2009/C-588-09.htm (Constitucional, 2017). C-466-2017. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2017/C-466-17.htm (Constitucional, 2020). C-163-2020. https://www.corteconstitucional.gov.co/Relatoria/2020/C-163-20.htm Cossío Blandón, F. 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