Principio de segunda instancia y control judicial al acto administrativo disciplinario1 Jennifer Julieth Iriarte Márquez2 María Angélica Jiménez Brochero3 Resumen Toda decisión que sea tomada en el interior de un Estado social de derecho debe ofrecer garantías para su construcción y continuo mejoramiento, y para este cometido es más que elemental la aplicación de los principios de doble instancia y control judicial puesto que los mismos revisan que los argumentos jurídicos, facticos, probatorios y procesales sobre los cuales descansa una decisión administrativa y judicial tengan coherencia con la realidad y las exigencias que sustentan el contenido de la misma. Sin embargo la aplicabilidad del principio a una segunda instancia no es coherente en el estado colombiano debido a la flexibilidad del legislador al momento de escoger como aplica el mismo, eliminando el control constitucional sobre un principio y derecho que debería ser de aplicabilidad universal, el derecho procesal disciplinario colombiano es uno de los procedimientos jurídicos afectados por esta medida lo cual reduce las posibilidades de defensa del procesado ante el ius puniendi. Es importante destacar que el derecho disciplinario colombiano, es mucho más agresivo que sus homólogos en el derecho comparado al incluir sanciones que limitan derechos políticos del afectado y de terceros, circunstancia que se agrava o recrudece ante la carencia de garantías en el interior del mismo que no ofrece transparencia respecto al resultado del litigio, por esta razón el presente trabajo mediante la modalidad de ensayo se propone como objetivo destacar la necesidad de implementar los principios de control judicial y doble instancia a las decisiones que mediante acto administrativo disciplinario limitan los derechos de la ciudadanía. Palabras clave Doble instancia, control judicial, acto administrativo, derecho procesal disciplinario, garantías. Referencia Corte Constitucional de Colombia, Sentencia C-095/2013. M.P.: Dr. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. Bogotá, D.C., 26 Febrero de 2013. 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