Ponderación entre el principio de progresividad y el principio de sostenibilidad financiera en el sistema general de pensiones en Colombia
Fecha
2020
2020
Autor
Montes Madrid, Andrea Margarita
Estupiñán Vizcaíno, Luis Alberto
Peláez Urueña, Eva Sandry
Herrera Vargas, Cindy Vanessa
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítem
Mostrar el registro completo del ítem
Resumen
El presente ensayo desarrolla un lineamiento argumentativo en el cual se pretende evidenciar la prevalencia que debe tener el principio de progresividad sobre el principio de sostenibilidad financiera en el sistema general de pensiones en Colombia. Maxime que el principio de progresividad va en armonía con el promulgado Estado Social de Derecho, mientras que el Principio de Sostenibilidad Financiera se refiere a un criterio con aspectos económicos que deja de un lado el postulado de la dignidad humana y va en concordancia con las finanzas del estado. Históricamente la base de todo comportamiento humano, de toda ley, de toda acción, han sido los principios que han motivado su origen, son ellos los que guían y justifican, en el campo jurídico no existe una ley o derecho que no esté precedido por un principio rector que humaniza la letra del legislador, a su vez esto genera de manera implícita que las leyes tengan correlación en sus principios rectores, se asume que no debe existir contradicción entre ellos, y en el caso que suceda debe prevalecer el que se ajuste a las necesidades y dignidad humana. Uno de los principios que han permitido el afianzamiento entre la evolución del derecho y la protección de estos ha sido el de progresividad, este brinda una seguridad jurídica, e impide el retroceso que supone vulneración a derechos ya adquiridos y puede ocasionar la desestabilización del propio sistema, la progresividad es aplicable en todas las áreas del derecho y básicamente obliga al estado a adoptar medidas apropiadas, hasta el máximo de los recursos disponibles para lo lograr continuamente la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales.
Enlace para referencia:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/6866
https://hdl.handle.net/20.500.12442/6866